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El Congreso de Ministros aprobó, el pasado 30 de diciembre de 2005, un Real Decreto por el que se regula la Gestión de los Neumáticos Fuera de Uso (NFU). Tras su posterior publicación en el BOE, de 3 de enero de 2006, todos aquellos que intervengan en la producción, distribución y venta de neumáticos habrán de cumplir todos los requisitos que marca la Ley y estarán sometidos al régimen sancionador correspondiente.
El Real Decreto determina las obligaciones del resto de los actores. Es el caso de los talleres, definidos en el R.D. como generadores de NFU, que deberán hacerse cargo de aquellos residuos que generen como consecuencia de su actividad. Estarán obligados a entregarlos al fabricante, a un centro autorizado o a un gestor para que se ocupe de ellos.
Para poder hacer frente a los gastos que la gestión de los NFU tendrá para el sector, el Real Decreto establece que sea el usuario final quien, al adquirir unos neumáticos en el taller, pague una pequeña cantidad en concepto de tasa de gestión medioambiental.
Podrá encontrar más información en nuestra sección técnica de
Gestión NFU